Resoluci贸nde 6 de mayo de 2015, de la Direcci贸n General de Empleo, por la que se registra y publica el V Acuerdo Laboral de 谩mbito estatal para el sector de
Apartir de ahora, los repartidores de comida a domicilio est谩n encuadrados en los convenios del sector de la hosteler铆a. As铆 lo recoge la pr贸rroga del acuerdo laboral estatal firmado entre
ElV Acuerdo Laboral Estatal de Hosteler铆a se actualiz贸 en mayo del 2015 y regula las categor铆as profesionales del sector hostelero nacional, las funciones de cada puesto de trabajo, los periodos de prueba de los trabajadores as铆 como el r茅gimen sancionador en el 谩mbito laboral.
Seg煤nlos datos de afiliaci贸n a la Seguridad Social, en 2022 ha habido 1,35 millones de personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas en el sector de la hosteler铆a, lo que super贸 en un 0
ElAcuerdo Laboral de 谩mbito Estatal para el sector de Hosteler铆a (ALEH) es fruto de la negociaci贸n colectiva en el 谩mbito estatal de este sector, que se inici贸 formalmente el d铆a 20 de febrero de 1995 con la constituci贸n de la Comisi贸n Negociadora, respondiendo a la necesidad de sustituir la antigua Ordenanza Laboral para la Industria
Seestablece en el presente convenio la Clasificaci贸n por Grupos Salariales en relaci贸n a la Clasificaci贸n de 脕reas Funcionales del Acuerdo Laboral de 脕mbito Estatal de Hosteler铆a. Las partes acuerdan, en los t茅rminos previstos en el . art铆culo 71.1 del Estatuto de los Trabajadores, en base a los grupos salariales establecidos en el
. 371 194 454 130 481 355 52 495
acuerdo laboral estatal de hosteleria